1. En virtud de la valoración efectuada, el Director General de Carreteras, elevará al Consejero del Departamento competente en materia de carreteras propuesta de actuaciones por orden decreciente de prioridad.
2. Mediante orden de dicho Departamento ajustada a las disponibilidades presupuestarias se aprobará la relación ordenada anual de actuaciones y Convenios de Colaboración a suscribir, pudiendo separarse motivadamente de la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración.