1. Anualmente en función de los convenios suscritos, de los compromisos económicos asumibles por las partes y de las disponibilidades presupuestarias en los capítulos de inversiones y de transferencias de capital de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón, se iniciarán los proyectos y obras de interés conjunto que dispongan de cobertura presupuestaria y financiera.