Artículo 4. Fórmulas de colaboración con el gobierno de aragón
La colaboración entre el Gobierno de Aragón y las Administraciones Locales aragonesas para la realización de actuaciones de interés conjunto será de naturaleza económica o material y se realizará por medio de una de las dos alternativas de gestión siguientes:
- a) Mediante la ejecución de la actuación por el Gobierno de Aragón con la colaboración de las Administraciones Locales aragonesas o Confederaciones Hidrográficas.
- b) Mediante la ejecución de la actuación por las Administraciones Locales aragonesas o Confederaciones Hidrográficas con la colaboración del Gobierno de Aragón a través de una encomienda de gestión.