DECRETO 130/2014, de 29 de julio, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES CONCERTADAS ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS O ENTIDADES PRIVADAS, EN LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ARAGÓN

Artículo 5. Convenios de actuaciones concertadas

1. Las actuaciones concertadas exigirán, la formalización de un convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Entidad o Entidades interesadas.

2. Los Convenios de colaboración a celebrar, con carácter previo a la ejecución de los trabajos y de acuerdo con los fines establecidos en el presente Decreto y con lo establecido en la legislación sectorial en la materia, entre el Gobierno de Aragón y la Entidad o Entidades interesadas determinarán el concreto alcance de la colaboración económica y material para la realización de las actuaciones en la carretera y en sus inmediaciones, de acuerdo con los límites y el contenido mínimo establecido en el presente Decreto, sin perjuicio del contenido mínimo establecido en la normativa autonómica aplicable.

3. Dichos Convenios precisarán:

4. El derecho a las aportaciones previstas en este Decreto por el Gobierno de Aragón quedará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente para ello.