La explotación directa de las carreteras de la red autonómica se realizará a través de la Dirección General y de los Servicios Provinciales responsables de carreteras. Como regla general, la utilización de dichas carreteras será gratuita para el usuario, aunque, excepcionalmente, podrá establecerse el pago de un peaje, cuyas tarifas aprobará el Gobierno de Aragón. (Artículo 37 de la Ley).