La vulneración de las prescripciones contenidas en la Ley de carreteras y en este Reglamento pueden dar lugar a la incoación, tramitación y resolución de los siguientes expedientes, conexos y compatibles entre ellos, que se pueden tramitar de forma acumulada o independiente:
Todo esto con independencia de la obligación del resarcimiento de los daños y de la indemnización de los perjuicios a cargo del causante.