Subsección 3. Complejos de explotación agraria, ganadera o industrial, servicios de hostelería u hospedaje, estaciones de servicio, e instalaciones similares

Artículo 74 Autorización

1. En todo caso se observarán los requisitos y el procedimiento general para todo tipo de instalaciones, recogidos en la Sección 2.ª de este Capítulo.

2. Una vez recibida la solicitud de autorización, se podrá requerir como documentación adicional: