Artículo 9 Clasificación funcional de carreteras

1. Las carreteras comprendidas en el ámbito de aplicación de este reglamento se clasifican por su función en básicas, comarcales y locales.

2. Con el fin de obtener una mejor identificación de la red se empleará el siguiente código de colores asociado a la clasificación funcional, para su empleo en la señalización de las carreteras:

Constituirán una excepción las autopistas y las autovías en cuya señalización se empleará el color azul.