Artículo 13.– Contenido de los estudios informativos.
El estudio informativo constará de memoria con sus anexos y planos, y comprenderá:
- a) El objeto del estudio y exposición de las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de las carreteras y la concepción global de su trazado.
- b) La definición en líneas generales, tanto geográficas como funcionales, de todas las opciones de trazado estudiadas.
- c) El estudio de impacto ambiental, en los casos en que sea preceptivo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. En los restantes casos, un análisis ambiental de las alternativas y las correspondientes medidas protectoras y correctoras necesarias.
- d) El análisis de las ventajas, inconvenientes y costes de cada una de las opciones y su repercusión en los diversos aspectos del transporte, de la ordenación territorial y urbanística teniendo en cuenta en los costes el de los terrenos, servicios, derechos y bienes afectados en cada caso, así como los costes ambientales y de siniestralidad.
- e) La comparación de todas las alternativas determinando la valoración de cada una de ellas.