CAPÍTULO III. ESTUDIOS DE VIABILIDAD Y APROBACION DE PROYECTOS

Artículo 5. Estudio previo de viabilidad.

1. Con carácter previo a la decisión de construir y explotar una infraestructura será necesario realizar un estudio de rentabilidad social y de viabilidad técnica y económica.

2. En el estudio de viabilidad deberán analizarse, como mínimo, los siguientes extremos: