Artículo 20.-Autonomía de gestión.

Las obras de carreteras de Bizkaia, por constituir obras públicas de interés general, así como las actuaciones que afecten a sus elementos funcionales, no están sometidas a los actos de control preventivo municipal a que se refiere el artículo 84.1.b) de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ni a ningún tipo de autorización o licencia previa, de acuerdo con la legislación sobre Ordenación del Territorio del País Vasco.