Artículo 29.-Obras de seguimiento.
Cuando se trate de actuaciones que impliquen una importante afección a la plataforma de la carretera, el seguimiento de la autorización podrá ser llevado a cabo a través de un programa de puntos de inspección técnica (PPIT) que tiene por finalidad garantizar la conservación y mantenimiento de la vía durante y después de la ejecución de la actuación autorizada.
En estos supuestos, y al objeto de dejar constancia del seguimiento de las citadas obras, se expedirán actas sobre la ejecución de las mismas, las cuales, previa su suscripción por los técnicos del Departamento competente en materia de carreteras de la Diputación Foral de Bizkaia y de la Dirección de la obra, se incorporarán al expediente.
Al objeto de hacer frente a las necesidades de conservación del tramo de carretera afectada por las obras, y en previsión de que puedan llegar a producirse incidentes desde el punto de vista de la conservación, deberá(n) suscribirse un(os) contrato(s) de conservación para la obra en concreto, entre el promotor y la empresa contratista de las obras, por la duración estimada de las obras, de la que se remitirá una copia, y sin cuya presentación no se emitirá la autorización.
El contrato recogerá de manera expresa la conservación y el mantenimiento de las obras durante fines de semana y festivos. En estos periodos, un equipo de mantenimiento velará por el correcto estado de la obra en cuanto a su afección a la carretera. En caso de que se detecte alguna carencia en este sentido, del Departamento competente en materia de carreteras de la Diputación Foral de Bizkaia podrá proceder a su ejecución inmediatamente de manera subsidiaria.
Deberá recoger la realización de una revisión quincenal, de la cual quedará constancia escrita mediante acta firmada por técnico competente.
El contrato incluirá el mantenimiento de todos los aspectos que se enumeran a continuación:
- a) Firmes: La capa de aglomerado sobre la que circulen los vehículos será de árido ofítico.
En los ramales de enlace y curvas donde se disponga una reducción de velocidad superiora al 30% del tramo precedente, puntos de desvíos provisionales y de reducción de sección transversal, la circulación sobre superficies «no definitivas» quedará limitada a una vejez máxima de dicha superficie:
- superficie fresada será inferior a 72 h.
- capa intermedia con árido calizo inferior a 1 mes, .
En el resto de tramos:
- capa intermedia con árido calizo inferior a 2 meses.
La reparación de baches, hundimientos o cualquier daño o deterioro deberá reponerse de inmediato (plazo máximo de 48 horas). El contrato de conservación y mantenimiento deberá incluir esta condición.
- b) Iluminación: Los puntos donde se dispongan «by-passes» / zonas conflictivas y aquellos donde se vaya a producir el inicio de la reducción permanente de la sección deberán iluminarse. Además se dispondrán las 24 horas del día cascadas destellantes de balizas que guíen el trazado.
Se complementará con elementos de balizamiento a base de captafaros que estarán adheridos al pavimento o al sistema de contención (si existiera). En situaciones de obra con lluvia la marca vial no suele ser claramente visible, por lo que se deberá adoptar toda medida que mejore las condiciones de seguridad del usuario durante la conducción, especialmente en situaciones adversas.
Se deberá garantizar el número y funcionamiento. El contrato de conservación y mantenimiento deberá incluir esta condición.
- c) Semaforización (en los casos que proceda): Los ciclos deben minimizar el deterioro del nivel de servicio de la Carretera.
Se debe garantizar el funcionamiento nocturno y en días no laborables. El contrato de conservación y mantenimiento deberá incluir esta condición
d) Señalización de obra:
- El tramo de carretera afectado por las obras será señalizado convenientemente según la documentación aportada, conforme a la Norma 8.3-IC, "Señalización de Obras", aprobada por Orden Ministerial de 31 de agosto de 1987, sobre señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado (BOE nº 224, de 18 de septiembre de 1987).
- El frente de la zona de obras se cerrará con barreras de plástico tipo new-jersey lastradas con arena y paneles direccionales de obra. No se dispondrán conos para la separación del tráfico de la zona de obras cuando estos pudieren estar más de 24 horas.
- Toda la señalización se retirará inmediatamente después de resultar innecesaria.
- Con objeto de garantizar la correcta visibilidad de la señalización de obra se realizará un repintado de la señalización horizontal de obra y la limpieza de la señalización vertical (fija y de obra), al menos, una (1) vez cada mes.
- Se entenderá como señalización de obra tanto la señalización y el balizamiento nuevos a disponer como la señalización fija que se mantenga. A todos estos elementos les será de aplicación las siguientes condiciones que deberán estar incluidas en el contrato de conservación y mantenimiento:
- Reposición de señalización y balizamiento, así como cierres de obra y elementos móviles.
- Realización, de manera periódica (semanal), de una revisión de la situación y estado de la señalización y balizamiento de obra existente en la carretera. De esta manera se evitarán las situaciones en las que se encuentre en mal estado, en situación inadecuada o que no resulte visible.
- Como medida adicional, en este proceso, se deberá verificar los niveles de retrorreflexión de la señalización (vertical y horizontal) de la obra.
- e) Red de drenaje:
- Deberá realizarse un estudio de la red de drenaje existente y en su caso proceder a la reparación de la misma para su correcto funcionamiento.
- Deberán efectuarse las labores de conservación y mantenimiento: Limpieza de arquetas, rejillas y obras de Drenaje Transversal, después de lluvias intensa y con un periodo máximo 15 días.
29.1. Condiciones generales: El incumplimiento de cualquiera de los puntos implicará que pueda ser efectuada la subsanación subsidiariamente por la empresa de Conservación Integral contratada por el Departamento competente en materia de carreteras de la Diputación Foral de Bizkaia, pasando su coste al peticionario, la ejecución del aval de garantía y la revocación automática de la autorización.
29.2. Delimitación de la obra: Las zonas de trabajo de la obra deberán quedar claramente delimitadas mediante un cerramiento apropiado, no permitiéndose tajos abiertos fuera de horario de obra en las inmediaciones de la carretera.
Asimismo, se tomarán las medidas necesarias para mantener la carretera limpia en todo momento.
Los acopios de materiales necesarios no podrán ocupar la zona de dominio público.
29.3. Mantenimiento de la carretera: Durante la ejecución de las obras se mantendrá la carretera en perfectas condiciones de uso sin que se empeore la calidad del servicio de la carretera por motivo de las obras.
29.4. Informes: El responsable de Seguridad y Salud de la obra realizará cada mes un informe específico sobre los accidentes de circulación dentro de la obra y del cumplimiento de las medidas adoptadas así como del balizamiento y señalización de la misma, tanto en situación ordinaria como en los desvíos, »by-passes» y cortes realizados.
Se deberá realizar la revisión/ auditoria de seguridad vial, durante la fase de obra, al inicio y cuando se cambie el trazado de la carretera por una duración superior a dos (2) meses, con el fin de evaluar los posibles riesgos que existan para todos los usuarios. Como resultado, se deberán proponer las posibles deficiencias/carencias existentes.
Este proceso de revisión de la señalización de la obra deberá realizarlo un organismo/ente/empresa externa a la encargada de la realización de las obras.