La documentación complementaria (sobre número 3) estará estructurada en los tres apartados que se enumeran a Continuación. La expresión de los compromisos y las garantías correspondientes a cada uno de los apartados no podrá exceder de 10 páginas, modelo DIN-A4, mecanografiadas a doble espacio, con una letra de tamaño no inferior a 12 puntos. El número de páginas mencionado no incluirá los anexos de cualquier tipo que puedan presentarse como fundamento o complemento de los compromisos y garantías, así como los índices.
El licitador deberá incluir dentro del sobre número 3 seis ejemplares de toda la documentación.
En Concreto la documentación complementaria constará de los tres apartados siguientes:
Apartado 1.
Aportaciones directas e indirectas a la creación de empleo, tanto relacionadas como no relacionadas con el proyecto. Compromisos y garantías.
A efectos de un mejor conocimiento de la contribución del licitador en esta materia, el empleo se desglosará en las tres secciones siguientes:
- a) Empleo directo e indirecto relacionado con el proyecto.
- b) Empleo directo e indirecto derivado de la contribución tecnológica e industrial relacionada con el proyecto.
- c) Empleo directo e indirecto derivado de la contribución tecnológica e industrial no relacionada con el proyecto.
Apartado 2.
Aportaciones directas e indirectas al desarrollo tecnológico e industrial de la economía nacional relacionadas con el proyecto: Compromisos y garantías.
Apartado 3.
Aportaciones directas e indirectas al desarrollo tecnológico e industrial de la economía nacional no relacionadas con el proyecto.
Los compromisos correspondientes a los distintos apartados anteriores habrán de formularse con claridad y precisión, al objeto de evitar las dudas que pudieran suscitarse acerca de si los mismos han sido cumplidos o no, con el fin de proceder a la ejecución de las garantías ofrecidas en relación con ellos. La Mesa de Contratación tendrá en cuenta el grado de claridad y precisión con el que se hayan formulado los compromisos en el momento de asignar las puntuaciones correspondientes.
En particular, la información correspondiente a los apartados 2 y 3 deberán incluir, al menos, en relación con cada una de las aportaciones que se ofrezcan:
En el caso de que la Mesa de Contratación tuviera conocimiento de que algunos aportación tecnológica o industrial ofrecida por alguno de los licitadores estuviera ya planeada para su realización, en todo caso, no la tendrá en cuenta en la valoración.
En relación con las aportaciones a las que se refieren los apartados 2 y 3 del sobre número 3, la Mesa de Contratación valorará positivamente, entre otras, las circunstancias siguientes:
Los licitadores podrán ofrecer cualesquiera tipos de garantías que, a su juicio, sean idóneas para asegurar el cumplimiento de las aportaciones ofrecidas. La Mesa de Contratación tendrá en cuenta principalmente en sus valoraciones las garantías ofrecidas por los licitadores, atribuyendo, por ejemplo, a los avales, valor superior al correspondiente a otras garantías.