23. Prohibiciones.
Queda prohibido al interesado:
- Interceptar en ningún momento los desagües de la carretera.
- Llevar las aguas residuales a las cunetas o márgenes de la carretera.
- Depositar materiales o escombros en la explanación, cunetas o márgenes.
- Cambiar la disposición de las instalaciones, modificarlas o ampliarlas sin previa
autorización.
- Instalar anuncios o señales de forma o colores que puedan inducir a confusión con las
señales de circulación u ocultar éstas, siéndole de aplicación la prohibición sobre
publicidad establecida en el artículo 24
de la Ley de Carreteras y la Sección V,
Publicidad, del Capítulo I, Título III del Reglamento General de Carreteras.