Artículo 17. Documentación del Plan y Programas. 
El Plan y los programas de Carreteras estarán
integrados por los siguientes documentos: 
  - a. Memoria, con la documentación básica y estudios necesarios.
 
  - b. Documentación gráfica descriptiva del alcance del Plan o programas.
 
  - c. Normas para su desarrollo y aplicación.
 
  - d. Estudio económico-financiero.
 
  - e. Programación de actuaciones para el desarrollo del Plan o programas.
    (Artículo redactado de conformidad con el R.D.597/99)