Artículo 17. Documentación del Plan y Programas.
El Plan y los programas de Carreteras estarán
integrados por los siguientes documentos:
- a. Memoria, con la documentación básica y estudios necesarios.
- b. Documentación gráfica descriptiva del alcance del Plan o programas.
- c. Normas para su desarrollo y aplicación.
- d. Estudio económico-financiero.
- e. Programación de actuaciones para el desarrollo del Plan o programas.
(Artículo redactado de conformidad con el R.D.597/99)