SECCIÓN 3ª. DEL PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO

Artículo 91. Normas para la aplicación del procedimiento restringido.

1. En el procedimiento restringido se aplicarán las normas generales de esta Ley, con las especialidades siguientes:

2. Una vez presentadas las proposiciones la adjudicación se efectuará según las normas generales de esta Ley.