Artículo 31. Asignación de funciones a tiempo parcial.

1. Exclusivamente en el ámbito de gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la persona titular la Subsecretaría de los departamentos encargados de la gestión de estos podrá acordar la asignación de funciones a tiempo parcial del personal funcionario al servicio del departamento sin cambio de adscripción ni del puesto de trabajo ni de la persona.

2. Esta asignación de funciones a tiempo parcial se realizará sin perjuicio de las formas de provisión contempladas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.