Artículo 74.º Curado del hormigón
Durante el fraguado y
primer período de endurecimiento del hormigón, deberá asegurarse el mantenimiento de la
humedad del mismo mediante un adecuado curado. Este se prolongará durante el plazo
necesario en función del tipo y clase del cemento, de la temperatura y grado de humedad
del ambiente, etc.
El curado podrá
realizarse manteniendo húmedas las superficies de los elementos de hormigón, mediante
riego directo que no produzca deslavado. El agua empleada en estas operaciones deberá
poseer las cualidades exigidas en el Artículo 27.º de esta
Instrucción.
El curado por
aportación de humedad podrá sustituirse por la protección de las superficies mediante
recubrimientos plásticos u otros tratamientos adecuados, siempre que tales métodos,
especialmente en el caso de masas secas, ofrezcan las garantías que se estimen necesarias
para lograr, durante el primer período de endurecimiento, la retención de la humedad
inicial de la masa, y no contengan sustancias nocivas para el hormigón.
Si el curado se realiza
empleando técnicas especiales (curado al vapor, por ejemplo) se procederá con arreglo a
las normas de buena práctica propias de dichas técnicas, previa autorización de la
Dirección de Obra.