Artículo 92.º Control de las vainas y accesorios para armaduras de pretensado
Las vainas y accesorios
deberán recibirse en obra acompañadas por un certificado de garantía del Fabricante
firmado por persona física donde se garantice que cumplen las condiciones especificadas
en el Artículo 35.º, y de la documentación técnica que indique
las condiciones de utilización.
Cumplido este requisito,
el control en obra se limitará a una comprobación de las características aparentes,
tales como dimensiones, rigidez al aplastamiento de las vainas, ausencia de abolladuras,
ausencia de fisuras o perforaciones que hagan peligrar la estanquidad de éstas, etc.
En particular, deberá
comprobarse que al curvar las vainas, de acuerdo con los radios con que vayan a utilizarse
en obra, no se produzcan deformaciones locales apreciables, ni roturas que puedan afectar
a la estanquidad de las vainas.
Se recomienda, asimismo,
comprobar la estanquidad y resistencia al aplastamiento y golpes, de las vainas y piezas
de unión, boquillas de inyección, trompetas de empalme, etc., en función de las
condiciones en que hayan de ser utilizadas.
En cuanto a los
separadores, convendrá comprobar que no producirán acodalamientos de las armaduras o
dificultad importante al paso de la inyección.
En el caso de
almacenamiento prolongado o en malas condiciones, deberá observarse con cuidado si la
oxidación de los elementos metálicos puede producir daños para la estanquidad o de
cualquier otro tipo.