INSTRUCCION DE CARRETERAS DE 1939
Artículo 6º. Curvas.-

Radios.-

En todas las nuevas construcciones o variantes que mejores las carreteras nacionales, comarcales y locales, las curvas mínimas admitidas tendrán como radio 100, 60 y 40 metros. Podrán tolerarse en los trazados existentes zigzags cuyos radios mínimos sean de 40, 30 y 16 metros.

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