DIRECTIVA 2008/96/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 19 de noviembre de 2008, SOBRE GESTION DE LA SEGURIDAD DE LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS
AL ARTICULO ANTERIOR AL ARTICULO SIGUIENTE

Artículo 2. Definiciones

A efectos de aplicación de la presente Directiva se entenderá por:

(*) Reglamento (UE) n.º 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la red transeuropea de transporte, y por el que se deroga la Decisión n.º 661/2010/UE (DO L 348 de 20.12.2013, p. 1).»;

(Apartados 1, 1bis, 1ter, 6, 7, 7bis y 10 redactados de conformidad con la DIRECTIVA 2019/1936)