Artículo 33.-Documentación del Plan.
El Plan General de Carreteras de Aragón estará integrado
por los siguientes documentos:
- 1.º Memoria, con la información básica y los estudios necesarios, que deben incluir
la relación existente con la planificación territorial y con otras planificaciones en
materia de carreteras y otras vías de comunicación.
- 2.º Varios Anexos, que deberán contener:
- a) Planos y documentación gráfica descriptiva del alcance del Plan, que deben incluir
como mínimo una relación exhaustiva de las características naturales o geológicas del
suelo, sus usos, sus infraestructuras, servicios y actividades existentes.
- b) Programación de actuaciones necesarias para el desarrollo del Plan, que debe incluir
aspectos relativos a la creación de infraestructuras, conservación y mantenimiento,
acondicionamientos y otros programas complementarios, así como un estudio económico
relativo a las inversiones necesarias para su ejecución.
- c) El Catálogo de la Red autonómica aragonesa quedará incorporado al Plan General de
Carreteras, según lo dispuesto en el artículo 19.
- d) Estudio general de las posibles afecciones medioambientales de las actuaciones
contempladas en el Plan.