TÍTULO V Régimen del servicio
Cláusula 32. Características técnicas del servicio.-
Las características técnicas del servicio se ajustarán:
- 1. A las especificaciones técnicas de la norma IMT-2000 elegida y en su caso a la
normativa del ETSI sobre sistemas UMTS.
- 2. A las recomendaciones e informes de la UIT y a las decisiones de la Unión Europea.
- 3. A las decisiones e informes del Comité Europeo de Radiocomunicaciones de la
Conferencia Europea de Administraciones Postales y de Telecomunicaciones (CEPT).
- 4. Al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
- 5. Al presente pliego de prescripciones técnicas.
El despliegue del servicio se referirá exclusivamente a su componente terrenal.