La presencia del paso a nivel de una vía de ferrocarril se advertirá mediante una señal P-7 si tuviera barreras, o P-8 en caso contrario.
En cualquier caso, estas señales se dispondrán a ambos lados de la calzada, a una distancia de 200 m del paso a nivel, colocadas sobre señales P-9a (lado derecho) y P-10a (lado izquierdo). A 150 m del paso a nivel se dispondrán señales P-9b y P-10b, y a 100 m señales P-9c y P-10c, así como las R-301 de limitación de velocidad a 70 km/h o a la que esté limitado en el tramo si fuese inferior.
Si las vías férreas representasen una discontinuidad en la regularidad superficial de la carretera, o si no se dispusiera de la visibilidad necesaria para la detención ante el paso a nivel a partir de la velocidad de recorrido (percentil 85 con nivel de servicio A o B), se recomienda limitar la velocidad en consecuencia, instalando las correspondientes señales R-301 (capítulo 7) sobre las señales P-9c y P-10c, precedidas de los necesarios escalonamientos.
En las carreteras de dos carriles y doble sentido de circulación se prohibirá a 100 m el adelantamiento, colocando señales R-305 sobre las señales P-9c y P-10c, a no ser que las circunstancias locales aconsejen disponer prohibiciones más largas y a 50 m se colocarán señales R-301 de limitación de velocidad a 40 km/h.
En pasos a nivel sin barreras se dispondrán además señales
P-11 o P-11a ambos lados, a una distancia no superior a 4 m del raíl más próximo de la vía férrea, así como señales R-2 en ambos márgenes (figs. 56 y 57).