Artículo 58 Contenido de la resolución

1. La resolución contendrá el informe al que se refiere el apartado tercero del artículo anterior, y además las siguientes indicaciones, sin perjuicio de otras menciones específicas relativas al expediente en cuestión:

2. La resolución puede ser estimatoria, de conformidad con las pretensiones del interesado, o desestimatoria.