La presencia de una glorieta debe ser advertida en todos sus accesos, por medio de una señal P-4 situada a unos 200 m de la marca vial M-4.2 (Norma 8.2-IC Marcas viales) fuera de poblado, y a distancias menores en zona urbana o suburbana.
La preseñalización de los destinos a que conducen las salidas de la glorieta (al menos de los principales, especialmente de los que supongan continuidad de itinerario) se hará por medio de carteles (fig. 16). Si hubiera un carril segregado para girar a la derecha, tal circunstancia se indicará en el croquis (apartado 2.4.3).
En el caso de salidas de glorieta a caminos agrícolas u otros destinos no principales se indicará en el cartel de preaviso con flecha pero sin destino.
Las reducciones de velocidad en cada tramo de acceso se señalizarán igual que en cruces en los que pueda ser necesario detenerse para ceder el paso a otros vehículos (apartado 5.1), en este caso los que transitan por la calzada anular.
También se recomienda preseñalizar la obligación de ceder el paso a los vehículos que circulen por la calzada anular, con una señal R-1, situada a unos 150 m de la marca vial M-4.2 (Norma 8.2-IC Marcas viales) (fig. 16).
La obligación de ceder el paso a los vehículos que circulen por la calzada anular se señalizará con una señal R-1, en correspondencia con la marca vial M-4.2 (Norma 8.2-IC Marcas viales), duplicándose esta señal sobre la isleta deflectora situada a la izquierda de la entrada cuando se acceda por 2 o más carriles.
No se colocarán carteles flecha en las entradas, salvo para los carriles segregados de giro a la derecha.
Frente a cada entrada se colocará una señal R-402 en la isleta central.
Se colocarán carteles flecha en las isletas perimetrales, nunca en la isleta central, pero únicamente indicando los puntos a que se accede por esa salida, salvo los caminos agrícolas u otros destinos no principales.