En travesías, la velocidad máxima genérica es de 50 km/h, aunque justificadamente se podrán señalizar limitaciones diferentes, en función de que se cumpla alguna de las siguientes circunstancias (fig. 53):
Figura 53
Para d3 > 6 m
6 < d3 < 20 m | 20 < d3 < 50 m | d3 > 50 m | |
POBLADO DISPERSO | 70 < V < 90 | NL | NL |
POBLADO COMPACTO | 50 | 70 < V < 90 | NL |
NL = no limitar específicamente. Se mantendrá la limitación existente en la carretera antes de llegar al poblado,
Donde no se disponga de visibilidad suficiente para detenerse ante un obstáculo imprevisto en la calzada, se limitará la velocidad a valores compatibles con la visibilidad disponible.
En cruces con prioridad fija, sólo se limitará la velocidad de la trayectoria principal donde no se disponga de visibilidad suficiente para detenerse ante un vehículo que, imprevistamente, esté cruzándola. La velocidad de aproximación a la señalización de STOP o Ceda el Paso en la trayectoria secundaria (apartado 5.1.2.1 y 5.1.2.2) no será superior a 50 km/h.
Por razones de seguridad vial, se podrán establecer limitaciones de velocidad.