Artículo 33. Plazos de recepción de ofertas y solicitudes de participación.

1. En los procedimientos abiertos, el plazo fijado por la entidad contratante para la recepción de ofertas no será inferior a cincuenta y dos días, contados desde la fecha de envío del anuncio del contrato a la Oficina de Publicaciones de las Comunidades Europeas. Dicho plazo podrá sustituirse por un plazo suficientemente largo para que los interesados puedan presentar licitaciones válidas, y en general, no será inferior a treinta y seis días y, en ningún caso, inferior a veintidós días, a partir de la fecha de envío del anuncio de contrato, si las entidades contratantes hubieran enviado al «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» un anuncio periódico indicativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 29, cuyo contenido incluya las informaciones exigidas en los apartados II y III del anexo IV, siempre que dichas informaciones estén disponibles en la fecha de publicación del citado anuncio. Asimismo, el citado anuncio periódico indicativo deberá haber sido enviado al «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» entre cincuenta y dos días y doce meses, como máximo, antes de la fecha de envío del anuncio de contrato al mencionado diario oficial.

2. En los procedimientos restringidos y en los negociados con anuncio de licitación previo, se aplicarán las disposiciones siguientes: