- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2. Definiciones
- Artículo 3. Evaluación de impacto de la seguridad vial para proyectos de infraestructura
- Artículo 4. Auditorías de seguridad vial para proyectos de infraestructura
- Artículo 5. Evaluación de la seguridad de las carreteras del conjunto de la red
- Artículo 6. Inspecciones periódicas de seguridad vial
- Artículo 6 bis Seguimiento de los procedimientos de las carreteras en explotación
- Artículo 6 ter. Protección de los usuarios vulnerables de la vía pública
- Artículo 6 quater. Señales y marcas viales
- Artículo 6 quinquies. Información y transparencia
- Artículo 6 sexies. Notificación voluntaria
- Artículo 7. Gestión de datos
- Artículo 8. Adopción y comunicación de directrices
- Artículo 9. Designación y formación de auditores
- Artículo 10. Intercambio de mejores prácticas
- Artículo 11. Mejora continua de las prácticas de gestión de la seguridad
- Artículo 11 bis. Presentación de informes
- Artículo 12. Modificación de los anexos
- Artículo 12 bis. Ejercicio de la delegación
- Artículo 13. Procedimiento del comité
- Artículo 14. Incorporación al Derecho interno
- Artículo 15. Entrada en vigor
- Artículo 16. Destinatarios
- ANEXO I ELEMENTOS INDICATIVOS DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO DE LA SEGURIDAD VIAL
- ANEXO II. ELEMENTOS INDICATIVOS DE LAS AUDITORÍAS DE SEGURIDAD VIAL
- ANEXO II bis. ELEMENTOS INDICATIVOS DE LAS INSPECCIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDAD VIAL
- ANEXO III. ELEMENTOS INDICATIVOS DE LAS EVALUACIONES DE SEGURIDAD DE LAS CARRETERAS DEL CONJUNTO DE LA RED
- ANEXO IV. INFORMACIÓN
CONTENIDA EN LOS INFORMES SOBRE ACCIDENTES