EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TITULO PRELIMINAR. OBJETO DE LA LEY Y DEFINICIONES
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Definiciones.
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Capítulo I. Ámbito de aplicación subjetiva.
Artículo 3. Entidades contratantes.
Artículo 4. Derechos especiales.
Artículo 5. Contratos de las Administraciones Públicas.
Artículo 6. Exclusiones y umbrales aplicables a los contratos de las Administraciones públicas.
Capítulo II. Ámbito de aplicación objetiva.
Sección 1.ª De las actividades.
Artículo 7. Agua.
Artículo 8. Gas y calefacción.
Artículo 9. Electricidad.
Artículo 10. Servicios de transportes.
Artículo 11. Servicios postales.
Artículo 12. Prospección y extracción de petróleo, gas, carbón y otros combustibles sólidos, y puesta a disposición de terminales de transportes.
Artículo 13. Contratos relativos a diversas actividades.
Sección 2.ª Exclusión de las actividades liberalizadas.
Artículo 14. Exclusión por liberalización de una actividad.
Sección 3.ª De los contratos de servicios.
Artículo 15. Régimen aplicable a los contratos de servicios.
Sección 4.ª Importe de los contratos y procedimiento de cálculo de su valor.
Artículo 16. Importe de los umbrales de los contratos.
Artículo 17. Métodos para calcular el valor estimado de los contratos, de los acuerdos marco y de los sistemas dinámicos de adquisición.
Sección 5.ª Contratos excluidos.
Artículo 18. Contratos excluidos.
Capítulo III. Principios de contratación y confidencialidad.
Artículo 19. Principios de la contratación.
Artículo 20. Confidencialidad.
TÍTULO II. CAPACIDAD Y CLASIFICACIÓN DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS
Capítulo I. Capacidad.
Artículo 21. Capacidad de los operadores económicos.
Artículo 22. Agrupaciones de empresarios.
Capítulo II. Clasificación de las empresas.
Artículo 23. Régimen de clasificación.
Artículo 24. Sistema de clasificación propio.
Artículo 25. Publicidad del sistema de clasificación propio de las entidades contratantes.
Artículo 26. Criterios de clasificación.
Artículo 27. Requisitos relativos a capacidades de otras entidades.
Artículo 28. Información a los candidatos.
Artículo 29. Imparcialidad en la clasificación y relación de empresas clasificadas.
Artículo 30. Anulación de clasificaciones.
Artículo 31. Convocatoria de licitación por medio de un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación.
TÍTULO III. DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO.
Artículo 32. Pliegos de condiciones.
Artículo 33. Comunicación de las prescripciones.
Artículo 34. Prescripciones técnicas.
Artículo 35. Certificados expedidos por organismos independientes.
Artículo 36. Medidas de gestión medioambiental.
Artículo 37. Reconocimiento mutuo en cuanto a condiciones técnicas o financieras y en cuanto a certificados, pruebas y justificantes.
Artículo 38. Definiciones de las prescripciones técnicas.
Artículo 39. Instrucciones y reglamentos técnicos obligatorios.
TÍTULO IV. SELECCIÓN CUALITATIVA DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS
Artículo 40. Criterios de selección cualitativa.
TÍTULO V. TÉCNICAS DE CONTRATACIÓN
Capítulo I. Centrales de compras.
Artículo 41. Contratos y acuerdos marco celebrados con las centrales de compras.
Capítulo II. Acuerdos marco.
Artículo 42. Acuerdos marco.
Capítulo III. Sistemas dinámicos de adquisición.
Artículo 43. Sistemas dinámicos de adquisición.
Artículo 44. Utilización de medios electrónicos en un sistema dinámico de adquisición.
Artículo 45. Obligaciones de la entidad contratante.
Artículo 46. Desarrollo del procedimiento de licitación en un sistema dinámico de adquisición.
Artículo 47. Convocatoria del sistema dinámico de adquisición y de la licitación de los contratos basados en él.
Artículo 48. Condiciones de aplicación del sistema dinámico de adquisición.
Capítulo IV. Subastas electrónicas.
Artículo 49. Subastas electrónicas.
Artículo 50. Anuncio de licitación.
Artículo 51. Criterios de valoración de las ofertas en la subasta electrónica.
Artículo 52. Pliego de condiciones en la subasta electrónica.
Artículo 53. Contenido de la invitación.
Artículo 54. Desarrollo de la subasta electrónica.
Artículo 55. Cierre de la subasta.
Artículo 56. Adjudicación del contrato en la subasta electrónica.
Artículo 57. Límites a la aplicación de las subastas electrónicas.
TÍTULO VI. PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS.
Capítulo I. Procedimientos y formas de adjudicación.
Sección 1ª. Procedimientos de adjudicación.
Artículo 58. Procedimientos de adjudicación.
Artículo 59. Procedimiento negociado sin previa convocatoria de licitación.
Sección 2.ª Formas de adjudicación.
Artículo 60. Criterios de adjudicación.
Artículo 61. Criterios de valoración de las ofertas.
Artículo 62. Admisión de variantes.
Capítulo II. Publicidad de las licitaciones.
Artículo 63. Principio de publicidad.
Artículo 64. Anuncios periódicos indicativos.
Artículo 65. Convocatoria de licitación.
Artículo 66. Convocatoria de licitación por medio de un anuncio periódico indicativo.
Artículo 67. Anuncios de contratos adjudicados.
Artículo 68. Contratos de servicios de investigación y desarrollo.
Artículo 69. Criterios y modalidades de publicación de los anuncios.
Artículo 70. Envío y publicación de anuncios en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Capítulo III. Desarrollo del procedimiento.
Artículo 71. Cómputo de plazos.
Artículo 72. Comunicaciones.
Artículo 73. Comunicaciones por medios electrónicos.
Artículo 74. Solicitudes de participación.
Artículo 75. Envío de pliegos de condiciones y de documentación complementaria.
Artículo 76. Plazos de recepción de solicitudes de participación y de ofertas.
Artículo 77. Plazos de recepción de ofertas en los procedimientos abiertos.
Artículo 78. Plazos de recepción de solicitudes de participación y ofertas en los procedimientos restringidos y negociados con anuncio de licitación previa.
Artículo 79. Supuestos de reducción de los plazos de recepción de solicitudes de participación y de recepción de ofertas.
Artículo 80. Selección de candidatos en los procedimientos restringidos y en los procedimientos negociados.
Artículo 81. Invitación a los candidatos seleccionados en los procedimientos restringidos y negociados.
Artículo 82. Ofertas anormalmente bajas.
Artículo 83. Adjudicación de los contratos.
Artículo 84. Información a los licitadores.
Artículo 85. Información sobre los contratos.
Artículo 86. Desistimiento.
Capítulo IV. Disposiciones comunes.
Artículo 87. Subcontratación.
Artículo 88. Condiciones de ejecución del contrato.
Artículo 89. Contratos reservados.
Artículo 90. Obligaciones relativas a las disposiciones en materia fiscal, de protección del medio ambiente, del empleo y de condiciones de trabajo.
Artículo 91. Exclusión de actuaciones restrictivas de la competencia.
Artículo 92. Preferencia de ofertas comunitarias en los contratos de suministro.
Capítulo V. Concursos de proyectos.
Artículo 93. Concursos de proyectos.
Artículo 94. Organización del concurso.
Artículo 95. Ámbito de aplicación.
Artículo 96. Concursos de proyectos excluidos.
Artículo 97. Publicidad.
Artículo 98. Comunicaciones en los concursos de proyectos.
Artículo 99. Recepción electrónica de los planos y proyectos.
Artículo 100. Jurado del concurso de proyectos.
TÍTULO VII. RECLAMACIONES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN Y DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LOS CONTRATOS
Capítulo I. Reclamaciones en los procedimientos de adjudicación de los contratos.
Artículo 101. Competencia.
Artículo 102. Legitimación.
Artículo 103. Solicitud de medidas provisionales.
Artículo 104. Iniciaciónn del procedimiento.
Artículo 105. Tramitación del procedimiento.
Artículo 106. Resolución.
Artículo 107. Determinación de la indemnización.
Artículo 108. Efectos de la resolución.
Capítulo II. Supuestos especiales de nulidad de contratos.
Artículo 109. Declaración de nulida del contrato.
Artículo 110. Consecuencias jurídicas de la declaración de nulidad regulada en el artículo anterior.
Artículo 111. Interposición de la cuestión de nulidad.
Artículo 112. Determinación de la indemnización.
Artículo 113. Control y ejecutividad de las resoluciones.
Artículo 114. Medidas provisionales.
Capítulo III. Régimen de certificados.
Artículo 115. Sistema de certificación.
Artículo 116. Referencia a los certificados.
Artículo 117. Competencia para emitir certificados.
Capítulo IV. Procedimiento de conciliación.
Artículo 118. Solicitud.
Artículo 119. Procedimiento.
Artículo 120. Concurrencia del procedimiento con otros procedimientos de control.
Artículo 121. Efectos del procedimiento de conciliación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
DISPOSICIONES FINALES
ANEXO I. LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN LA LETRA B) DEL APARTADO 1 DEL ARTÍCULO 2
ANEXO II. SERVICIOS A LOS QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 15.1 Y 15.2
ANEXO III. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LICITACIONES
ANEXO IV. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS SOBRE LA EXISTENCIA DE UN SISTEMA DE CLASIFICACIÓN
ANEXO V. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS PERIÓDICOS INDICATIVOS Y EN LOS ANUNCIOS DE LA PUBLICACIÓN EN EL PERFIL DEL CONTRATANTE DE UN ANUNCIO PERIÓDICO INDICATIVO QUE NO SIRVA DE CONVOCATORIA DE LICITACIÓN
ANEXO VI. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS SOBRE CONTRATOS ADJUDICADOS
ANEXO VII. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE CONCURSOS DE PROYECTOS
ANEXO VIII. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS SOBRE LOS RESULTADOS DE LOS CONCURSOS DE PROYECTOS
ANEXO IX. PRESCRIPCIONES RELATIVAS A LA PUBLICACIÓN
ANEXO X. REQUISITOS RELATIVOS A LOS DISPOSITIVOS DE RECEPCIÓN ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS, DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN, DE LAS SOLICITUDES DE CLASIFICACIÓN O DE LOS PLANOS Y PROYECTOS EN LOS CONCURSOS